¿Qué dice la Ley Propiedad Horizontal sobre autoconsumo?

La nueva Ley de Cambio Climático y Transición Energética y que conlleva la reforma en el plazo de un año de la actual Ley de Propiedad Horizontal dice que:

Las nuevas modificaciones en la ley permitirán el voto simple para aprobar la instalación de paneles solares para el autoconsumo colectivo en la comunidad de vecinos, siempre y cuando participen elementos comunes y no sea de uso privativo. La instalación será propiedad de la Comunidad de Vecinos, así como los costes iniciales y todos los beneficios posteriores del autoconsumo.

En el caso de que un sólo vecino quiera instalar su kit solar para el autoconsumo privado, no será necesaria la aprobación previa por parte de la Junta, siendo únicamente necesaria la tramitación correspondiente al Ayuntamiento para iniciar las obras. La instalación será propiedad privada, así como los costes iniciales y todos los beneficios del autoconsumo.

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